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Seguimiento Caso Caso MEX 080409

Aparición con vida / Detenciones en calidad de arraigo / Temor de ausencia de garantías legales / Alegaciones de malos tratos

 Ginebra, 22 de abril del 2009 

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en México

Nuevas informaciones 

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido nuevas informaciones de la Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos A.C. (Limeddh), organización miembro de la red SOS-Tortura de la OMCT, sobre la aparición con vida y la actual detención en calidad de arraigo1, de los Sres. Pedro López Gómez, Genaro Gómez Gómez, Ramiro Hernández Gómez, Marcelino Ruiz Gómez, y Eric Bautista Gómez, cuya detención ocurrida el 7 de abril de 2009 en el Estado de Chiapas había sido denunciada y de quienes sus familiares no habían recibido ninguna noticia, temiendo que hubieran sido víctimas de desaparición forzada. También se ha informado ahora sobre los malos tratos recibidos durante la detención y sobre las amenazas contra la integridad personal de la hermana de uno de ellos, la Sra. Beatriz Bautista Gómez.

 De acuerdo con las nuevas informaciones, pese a que los familiares de los detenidos habían indagado ante el Ministerio de Justicia, la Secretaria de Gobierno y otras entidades gubernamentales de Chiapas por la suerte de sus familiares, siempre recibieron informaciones que negaban su detención por parte de las autoridades y solamente el día 9 de abril de 2009, es decir mas de 36 horas después de su detención se le informó telefónicamente a sus familiares que podían visitarlos y a su vez recibir la visita del abogado de su elección el día 10 de abril de 2009. 

Las informaciones señalan que el detenido Sr. Eric Bautista Gómez ha denunciado que durante el tiempo de su incomunicación fueron obligados a declarar sin la presencia de un defensor y que fueron mantenidos bajo tortura psicológica. Se ha denunciado que a él en especial lo han amenazado con agredir a su hermana la Sra. Beatriz Bautista Gómez, diciéndole que si no aceptaba los cargos imputados “algo desagradable” le iba a pasar a ella ya que tenían todos los elementos para poderla encontrar como su dirección, y que la iban a detener a ella, si él no declaraba.

 Según las denuncias, al Sr. Eric Bautista Gómez lo acusaron en un primer momento de posesión de drogas, pero como la prueba que le hicieron salió negativa, esta acusación fue descartada. Ahora lo han sindicado bajo los cargos de homicidio, asociación para delinquir y falsificación de documentos. Tanto a él como a los otros detenidos: Sres. Pedro López Gómez, Genaro Gómez Gómez, Ramiro Hernández Gómez y Marcelino Ruiz Gómez, los han sindicado bajo el cargo de homicidio en la persona de la Sra. Martha Gómez Pérez, muerta en noviembre de 2008 en la Colonia “Emiliano Zapata”. 

Se ha denunciado que durante la detención, al Sr. Eric Bautista Gómez lo golpearon en el estómago, en la espalda y en la cabeza, fue arrastrado por el pelo hacia la camioneta donde lo subieron a empujones y dentro de la misma fue esposado y puesto boca abajo sin que pudiera levantar la cabeza, posición que mantuvieron durante todo el tiempo que duró su traslado hasta el municipio de Chiapa de Corzo en donde se encuentra detenido en la modalidad de “arraigado”, junto con las demás personas mencionadas, en la casa conocida con el nombre de Quinta Piquito.

 El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido también denuncias sobre la persecución de que son víctimas algunos prisioneros miembros del MOCRI-CNPA-MN2 en los centros penitenciarios de El Amate, en Cintalapa, en San Cristóbal de las Casas y en Comitán, así como sus familiares, con el fin de imponerles el silencio ante las violaciones de derechos humanos existentes en las prisiones mexicanas. 

La OMCT al rechazar todos las violaciones de derechos humanos arriba denunciadas, manifiesta su seria preocupación por la seguridad y por la integridad personal los Sres. Eric Bautista Gómez, Pedro López Gómez, Genaro Gómez Gómez, Ramiro Hernández Gómez y Marcelino Ruiz Gómez, así como de los miembros de sus respectivas familias, en particular de la Sra. Beatriz Bautista Gómez, y solicita a las autoridades estatales y federales que tomen las medidas más apropiadas para garantizar las mismas.

 La OMCT recuerda que México como Estado Parte de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y que de acuerdo con estos dos Instrumentos: “(…) Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes (…)”. Además, el artículo 15 de la Convención contra la Tortura señala que: “Todo Estado Parte se asegurará de que ninguna declaración que se demuestre que ha sido hecha como resultado de tortura pueda ser invocada como prueba en ningún procedimiento (…)”. De otra parte, de acuerdo con estos tratados internacionales, las autoridades mexicanas están llamadas a considerar seriamente todas las alegaciones de malos tratos recibidos por las víctimas y a llevar a cabo una investigación profunda e independiente a este respecto.

 Antecedentes y contexto de la situación 

El Secretariado Internacional de la OMCT había recibido con seria preocupación informaciones de varias fuentes entre ellas la Limeddh, sobre la detención y presunta desaparición forzada de los Sres. Pedro López Gómez, Genaro Gómez Gómez, Ramiro Hernández Gómez, Marcelino Ruiz Gómez, y Eric Bautista Gómez, ocurrida el día 7 de abril de 2009. Según las informaciones ese día 7 de abril hacia la 1:00 de la madrugada, miembros de la Policía Sectorial (Policía Estatal Preventiva) llevaron a cabo un desalojo, según las denuncias violento, de quienes se encontraban realizando un plantón pacífico frente al Palacio de Gobierno en Tuxtla Gutiérrez.

 Según las informaciones, el plantón pacífico era llevado a cabo por varios familiares de ocho detenidos, en el Penal “EL AMATE”, cuyos nombres no han sido informados, pertenecientes al MOCRI CNPA MN.

 Según las informaciones, al mismo tiempo que se realizaban dichas detenciones en medio del plantón, otro grupo de cuatro patrullas pertenecientes a la misma Policía Sectorial llegó a desalojar de manera violenta las oficinas del MOCRI CNPA MN y a varios pobladores de la Colonia conocida con el nombre de Colonia “Emiliano Zapata”3, y en medio de este operativo detuvieron al Sr. Eric Bautista Gómez, vocero de MOCRI. Se ha denunciado que el Sr. Eric Bautista Gómez había sufrido un intento de detención el día anterior, por hombres vestidos de civil que se identificaron como judiciales, acompañados de agentes de tránsito. 

Acción solicitada

 Favor escribir a las autoridades mexicanas urgiéndolas a:

 

i.                    tomar de manera inmediata las medidas apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los Sres. Pedro López Gómez, Genaro Gómez Gómez, Ramiro Hernández Gómez, Marcelino Ruiz Gómez, Eric Bautista Gómez, y de la Sra. Beatriz Bautista Gómez, incluyendo su acceso inmediato e incondicional a un abogado de su escogencia y a los miembros de sus familias, así como su acceso a un examen médico hecho por un médico de su escogencia y a recibir una atención médica adecuada;

ii.                  ordenar la liberación inmediata de los Sres. Pedro López Gómez, Genaro Gómez Gómez, Ramiro Hernández Gómez, Marcelino Ruiz Gómez, y Eric Bautista Gómez, en caso de encontrarse detenidos en ausencia de cargos legales válidos o, en caso de que estos cargos existan, llevarlos ante un tribunal independiente, competente, justo e imparcial y garantizarle a cada uno sus derechos procesales en todo momento;

iii.                ordenar a las autoridades correspondientes que lleven a cabo una investigación rápida, efectiva, exhaustiva, independiente e imparcial en torno a la detención de los Sres. Pedro López Gómez, Genaro Gómez Gómez, Ramiro Hernández Gómez, Marcelino Ruiz Gómez, y Eric Bautista Gómez, y en general a todos los hechos arriba denunciados, que el resultado de la investigación se haga público, a fin de que los responsables sean llevados ante un tribunal competente, independiente e imparcial, y les sean aplicadas las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley;

iv.                de manera general, conformar sus acciones a lo dispuesto por los Pactos y Convenciones Internacionales de Derechos Humanos, ratificados por México, en particular a la Convención Contra la Tortura.

 Direcciones

 ·         Misión Permanente de México ante las Naciones Unidas en Ginebra, 16, Avenue du Budé. 1202, Ginebra, Case postale 433. FAX: + 41 22 748 07 08 E-mail: mission.mexico@ties.itu.int;

·         Sra. Sandra Camila Fuentes Berain Villenave, Embajadora de México en las Comunidades Europeas, y Observadora Permanente de México ante el Consejo de Europa  94, Avenue F.D. Roosevelt, 1050 Bruselas, Bélgica. FAX: +32264408 19 Tel. + 32 2 629 07 77

E-mail: embamex@embamex.eu

·         Señor Presidente Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Residencia Oficial de los Pinos, Casa Miguel Alemán, Col. San Miguel Chapultepec, C.P. 11850, México DF. Tel.: +52 5527891100

FAX: +52 55527 72 376  ;  + 52 55 27 89 11 13 E-mail: felipe.calderon@presidencia.gob.mx

  • Licenciado Fernando Francisco Gómez-Mont Urueta, Secretario de Gobernación,

Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06600, México, Fax: +52 55 5093 3414 E-mail: secretario@segob.gob.mx

  • Licenciado Mauricio E. Montes de Oca Durán, Unidad para la promoción y defensa de los derechos humanos SEGOB. E-mail: mmontesdeoca@segob.gob.mx
  • Dr. José Luis Soberanes Fernández, Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

E-mail: correo@cndh.org.mx

  • Licenciado Milton Escobar Castillejos, Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Chiapas. E-mail: dyrpstje@hotmail.com Conmutador: + 52 961 61 78700 (cuando les contesten por favor pedir tono de fax)
  • Licenciado Amador Rodríguez Lozano, Fiscal General de Justicia del Estado de Chiapas.

Libramiento Norte Oriente S/N, Col. Infonavit El Rosario, C.P. 29049, Tuxtla Gutiérrez

Conmutador: + 52 961 617 23 00 Ext. 17117, 17118 E-mail: fiscaliachiapas@prodigy.net.mx

  • Señores Magistrados de la Segunda Sala en Materia Penal de la Magistratura Superior del Estado de Chiapas. Conmutador: + 52 961 61 78701 (cuando les contesten por favor pedir tono de fax).
  • Licenciado Juan José Sabines Guerrero, Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas. Tuxtla Gutiérrez, Chiapas E-mail: secparticular@chiapas.gob.mx Fax: +529616188088   +52 961 6188056

·         Licenciado Juan Carlos Moreno Guillen, Presidente de la Comisión de Derechos Humanos de Chiapas, Boulevard Comitán 143 Col. Moctezuma, Tuxtla Gutiérrez Tel. +52 961602 8980 y 602 8981, Lada sin costo: 01 800 55 28 242 E-mail: cdh@cdhchiapas.org.mx

Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de México en sus respectivos países.

 Ginebra, 22 de abril de 2009

Agradeceremos informarnos acerca de cualquier acción emprendida, indicando el código del presente llamado.



1 La figura del ‘Arraigo penal’ se ha convertido en una forma de detención preventiva con el uso de casas de seguridad (casas de Arraigo) custodiadas por policías judiciales y agentes del Ministerio Público, en donde se pueden detener indiciados durante 30 días - hasta 90 días en algunos Estados - mientras se lleva a cabo la investigación para recabar evidencia, incluyendo interrogatorios. Se ha denunciado que durante el Arraigo, la víctima se encuentra privada de su libertad bajo un status jurídico ambiguo, casi en un estado de indefensión, violándose así los derechos de Presunción de Inocencia y Garantías Judiciales. Según las denuncias, la figura del Arraigo es utilizada como forma de desgaste psicológico y de presión hacia la víctima así como para la fabricación de delitos.

Por su parte, el Comité Contra la Tortura (CAT) de Naciones Unidas, en sus sesiones celebradas los días 8 y 9 de noviembre de 2006, señaló al Estado Mexicano su preocupación por la figura del Arraigo penal y señaló que “(…) El Estado Parte debe, a la luz de la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, garantizar que la figura del Arraigo desaparezca tanto en la legislación como en la práctica, a nivel federal así como a nivel estatal”.

 2 El Movimiento Campesino Regional Independiente - Coordinadora Nacional Plan de Ayala - Movimiento Nacional, conocido como MOCRI - CNPA – MN, es una organización independiente con gran historia en el Estado de Chiapas, que ha desarrollado una lucha histórica bajo principios de independencia política y compromiso con los pobres y oprimidos.

3 Las familias que habitan en la Colonia «Emiliano Zapata», ubicada en terrenos tomados desde el 27 de enero de 2001, y que, según las informaciones han luchado por su regularización, desde el primer día que habitan en ella, han denunciado los atropellos que han sufrido por parte de un grupo de personas que controlan la colonia, el cual según las denuncias se ha dedicado a extorsionar, chantajear y violar los derechos individuales de los habitantes de la misma.